jueves, 15 de septiembre de 2011

Sistema D'Hondt


    Este año comenzaremos 3ºESO por los sistemas políticos (Temas 3 y 4). Primeramente hablaremos del sistema D'Hondt.
   
   Vivimos  en democracia. Esto significa, entre otras cosas, que se hacen elecciones para elegir diputados y senadores. La próxima vez el 20 de noviembre de 2011. El 20N. Una vez se vota, ¿Cómo sabemos quién es  elegido diputado? 




      El 20N el pueblo votará para elegir a las Cortes Españolas. Las Cortes se dividen en Congreso y Senado.
 
    Ambas cámaras están explicadas en la Constitución y en la Ley Orgánica de Régimen Electoral.

CONGRESO

Artículo 162 (extracto)
1. El Congreso está formado por 350 Diputados.
2. A cada provincia le corresponde un mínimo inicial de dos Diputados. Las poblaciones de Ceuta y Melilla están representadas cada una de ellas por un Diputado.
3. Los 248 Diputados restantes se distribuyen entre las provincias en proporción a su población de derecho.
Artículo 163 (extracto)
    1.a. No se tienen en cuenta aquellas candidaturas que  hubieran obtenido  menos del 3% de los votos válidos emitidos en la circunscripción.
   1.b-c. Los representantes se asignarán a las listas restantes en función del Sistema D'Hondt. menos en Ceuta y Melilla donde será proclamado el candidato con mayor número de votos.


SENADO

Artículo 165. (extracto)
   1. En cada provincia se eligen 4 Senadores; en cada isla mayor tres senadores (en Gran Canaria, Mallorca y Tenerife); en el resto de islas un senador (Ibiza-Formentera, Menorca, Fuerteventura, Gomera, Hierro, Lanzarote y La Palma.). Las poblaciones de Ceuta y Melilla eligen cada una de ellas dos Senadores.
    4. Las Comunidades Autónomas designan además un Senador y otro más para cada millón de habitantes de su respectivo territorio. La designación corresponde a la Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma.


Para el SENADO no se aplica el sistema D’Hondt. Artículo 166.

a.     Los electores pueden dar su voto a un máximo de tres candidatos en las circunscripciones provinciales, dos en Gran Canaria, Mallorca, Tenerife, Ceuta y Melilla, y uno en las restantes circunscripciones insulares.
b.     Serán proclamados electos aquellos candidatos que obtengan mayor número de votos hasta complementar el de Senadores asignados a la circunscripción.

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Fuente jurídica:   http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo5-1985.t2.html#c3